Seguro Vida Ley
Obligatorio para todos tus colaboradores que están en Planilla
Seguro Vida Ley
Todas las empresas tienen la obligación de contratar el Seguro Vida Ley para todos los colaboradores que ingresan a planilla según Decreto de Urgencia 009-2019 y regulado por el Decreto Supremo N°009-2020-TR
Brinda cobertura las veinticuatro horas del día siempre y cuando tu póliza esté vigente y al día en sus pagos.
Coberturas
Muerte Natural: 16 remuneraciones, calculadas en base al promedio de remuneraciones mensuales asegurables percibidas en el último trimestre por el trabajador asegurado hasta el mes previo a su fallecimiento.
Muerte Accidental: 32 remuneraciones, calculadas en base a la remuneración mensual asegurable percibida por el trabajador asegurado en el mes previo al accidente.
Invalidez Total y Permanente por Accidente: 32 remuneraciones, en base a la remuneración mensual asegurable percibida por el trabajador asegurado en el mes previo al accidente.
¿Se puede mantener la vigencia del Seguro Vida Ley al dejar de laborar?
¡Si! Tienes treinta días calendarios siguientes al cese laboral para suscribir un nuevo contrato con la aseguradora la cual te entregará un Seguro Vida Ley Cesantes Individual, con la prima que corresponda. Este seguro no se renueva de forma automática, por lo cual se deberá de pedir la renovación antes del término de la vigencia.